Cuando en el Estado de California la autoridad policial detiene a un individuo como sospechoso por incurrir en un delito DUI, es decir por conducir bajo la influencia de sustancias debilitantes como lo son el alcohol y las drogas, existe la posibilidad que se convenga un pacto con la fiscalía para que se procese una disminución de cargos a conducción imprudente en presencia de alcohol.

En relación a este tipo de delito es importante hacer énfasis en el hecho de que los cargos concernientes al mismo no surgen por sí solo como cargos originales, sino que siempre resultan de un convenio de disminución de pena celebrado entre los involucrados (La fiscalía y el acusado). Sin embargo se debe tener mucha cautela al momento de decidir si es conveniente o perjudicial aceptar un pacto de esta índole, debido a que con mucha frecuencia los fiscales se inclinan a ofrecer estos acuerdos dado que no tienen a su disposición pruebas claras que logren determinar a través de un juicio la culpabilidad del implicado, entonces ofertan esta negociación y si el implicado acepta debe declararse como responsable del delito por el que se le imputa a cambio de que se desechen los cargos DUI, evadiendo así la celebración de un juicio que probablemente logre demostrar su inocencia haciendo nula la imposición de sanciones.

Pero así como puede configurarse la situación antes descrita, también puede ocurrir que en muchos casos este ofrecimiento sea beneficioso dado que tal pacto puede representar el dictamen de castigos menos duros para el implicado, en comparación con los que desencadena una condena por DUI.

Todo lo explicado deja en evidencia que los pactos de disminución de pena de esta categoría ameritan de un estudio profundo y asesoramiento a nivel legal, dado que no solo conllevan beneficios sino también perjuicios derivados, y por ende antes de decidir si es pertinente aceptar rechazar uno es necesario despejar varias inquietudes referentes al caso, entre ellas ¿Cómo incide sobre la vida de una persona? Y ¿resultan mayores sus beneficios o sus perjuicios? ¿Vale la pena continuar el juicio y tratar de demostrar la inocencia del implicado?, ¿La pruebas que pueden demostrar un DUI son claras, y aceptar el convenio resulta ventajoso?

Lo cierto es que todas esas dudas solo puede despejarlas un abogado con conocimientos en cuanto a la materia penal y con trayectoria comprobable en representación de casos similares, por ende si está enfrentando una acusación penal por supuestamente incurrir en un crimen  DUI en Orange County, CA y la fiscalía le está ofreciendo una reducción de pena para que sea castigado más bien por Conducción Imprudente con Presencia de Alcohol, es de gran importancia que contacte con la mayor premura posible a un experto en leyes penales que estudie su caso, lo oriente y de ser posible lo represente durante todo el desenlace judicial, en tal sentido los abogados mejor preparados del condado puede encontrarlos en el bufete Orange County Criminal Lawyer, quienes ofrecen una representación legal de primer nivel y cuyo lema es ”creer que todos los casos tienen el potencial de ser ganados sin importar cuán desesperados parezcan inicialmente. Si esto no es realista, lucharán para reducir los cargos, mantenerlo fuera de la cárcel y obtener el mejor resultado posible para su caso”

¿Que significa una Conducción Imprudente en Presencia de Alcohol?

Denominada también “Wet reckless” se refiere a una disminución de pena autorizada por la normativa 23103.5 concerniente al Código Vehicular de California, la cual usualmente se ofrece cuando un sujeto es detenido como sospechoso de cometer un delito DUI en una primera ocasión, esto significa que en el supuesto de tratarse de una segunda incursión en la ejecución de un delito DUI es muy poca la probabilidad de que el fiscal a cargo del caso ofrezca la celebración de este tipo de pacto o disminución de pena.

Estas ofertas de disminución de pena, suelen contar con las siguientes características:

  • El fiscal designado ofrece un pacto de disminución de pena (cargos).
  • Los involucrados en el proceso legal deben expresar su aprobación respecto a la disminución de pena (cargos).
  • El acusado está en el deber de asumir su responsabilidad sobre el delito por el que se le incrimina, con el propósito de que puede efectuarse la disminución de la pena (cargos)

En resumidas cuentas cuando una persona acepta un pacto para disminuir la pena quiere decir que debe aceptar su responsabilidad sobre el crimen por el que es imputado a cambio de que sean disminuidos los cargos presentados en su contra, no obstante este tipo de pacto abarca la imposición de sanciones extras como la suspensión del permiso para conducir.

Ahora bien referente a este tipo de acuerdos dos cosas deben tomarse muy en cuenta:

  1. Debe examinar cautelosamente el caso y el acuerdo ofrecido ya que todas las circunstancias no son semejantes y por ende se deben analizar muy bien sus ventajas y perjuicios derivados para la vida del acusado.
  2. Este tipo de acuerdos o pactos no pueden celebrarse por igual en todos los casos, ya que los mismos atienden a la presencia de determinados requisitos. Como se mencionó anteriormente solo suelen ofrecerse cuando se procesa la primera incidencia del acusado en un crimen de esta magnitud o en el suceso de que la fiscalía no posea pruebas que logren establecer de forma clara la culpabilidad del acusado sin importar si se trata de una conducta repetitiva.

¿Cómo se diferencia un DUI de cargos por este tipo de conducción imprudente?

Cuando se trata de delitos de conducción vinculados con alcohol, la normativa legal dispone de varios vocablos que pueden usarse entre los cuales se encuentran:

DUI referente a conducir bajo influencia de alcohol.

DWI significa manejar bajo estado de ebriedad.

Wet reckless referente al cargo de conducción imprudente en presencia de alcohol.

El vocablo DUI puede sustituirse por DWI. No obstante en California el sistema legislativo emplea únicamente el vocablo DUI en situaciones concernientes a manejar bajo influencia bien sea de sustancias alcohólicas, o de drogas, inclusive cuando alguien emplea el vocablo DWI accidentalmente, se refiere en realidad a un delito DUI.

Ahora bien, hay una diferencia notoria respecto a una condena basada en DUI y otra fundada en cargos por wet reckless, la cual se basa en que este último fue diseñado con el fin de incentivar a los imputados por DUI a celebrar un pacto de culpabilidad.

De acuerdo a este orden de ideas, el hecho de que un sujeto incurra en conducción que involucra alcohol presencia no configura una situación causante de un arresto. Por ende cuando un sujeto es arrestado por DUI tiene a su disposición una defensa sólida o el fiscal designado considera que hay debilidades en cuanto a la presentación de cargos DUI, tal ente acusador tiene potestad para ofrecer la celebración de pacto de culpabilidad basado en conducción de forma imprudente que involucra alcohol. Dicho de otro modo, el fiscal tiene posibilidad de retirar los cargos fundados en DUI, los cuales se consideran más graves con la condición de que el acusado asuma su responsabilidad penal en cuanto a los cargos de conducción imprudente.

Se debe tener presente que los castigos penales derivados por un wet reckless son mucho menos severos que los derivados de la comisión de un DUI.

¿Cuándo es posible celebrar un pacto de culpabilidad basado en wet reckless?

La normativa legal de California no prohíbe la celebración de esta clase de pactos, no obstante sí limita su aplicación, dado que para que esta ocurra se exige que se cumplan ciertos parámetros. En tal sentido para que un tribunal esté en potestad de aceptar esta clase de pactos, el fiscal designado deberá manifestar qué razones justifican la disminución de los cargos DUI, respecto a lo que debe aclarar si el delito consumado estuvo relacionado con el consumo de drogas o de alcohol.

En conclusión no existen situaciones donde sea obligatorio ofrecer un pacto de disminución de los cargos, pero sí existen aquellas donde la fiscalía posee discreción para decidir si es conveniente ofrecer alguno.

Usualmente los pactos de disminución de pena implicado en un crimen DUI

Cuando se procesa una primera incidencia del implicado en algún crimen DUI, existe gran probabilidad de que se incline el fiscal designado por ofrecer un pacto de disminución de pena, a cambio de que asuma su responsabilidad. Pero por su lado el abogado que lleva su defensa puede emplear diversos métodos a efectos de obtener la celebración de esta clase de pactos, entre los cuales resaltan usar como factor de persuasión el intachable comportamiento del acusado durante el arresto, o la mínima cantidad de alcohol que logró detectarse en el interior de su organismo, lo largo o difícil que puede llegar a ser un juicio, así como el escenario de que estos acuerdos terminan beneficiando a todos los involucrados que participan en el caso.

El fiscal designado carece de pruebas capaces de demostrar la responsabilidad penal del acusado

Puede ocurrir que el fiscal presente algún problema para contactar a un testigo, cuyo testimonio es una pieza clave para esclarecer el caso, o que no haya podido recolectar material probatorio suficientemente sólido para justificar una sentencia condenatoria. En dichos supuestos, quizás el fiscal decida ofrecer un pacto de disminución de pena para así evitar el establecimiento de un juicio que finalmente perderá. Pero puede ocurrir también que sea el abogado que lleva la defensa del caso, quien detecte las debilidades que hay en la acusación que formuló el fiscal con la finalidad de obtener que se celebre este tipo de pactos.

Independientemente de cuál escenario se presente, siempre es idónea la participación de un experto en leyes criminales que examine el acuerdo ofrecido y señale que resulta de mayor beneficio para el implicado. Es decir si resulta conveniente aceptar el pacto o dar continuidad al juicio por DUI tratando de demostrar su inocencia.

La pena que puede dictar el tribunal es la misma sin importar si se procesa un DUI o un pacto de disminución de pena por wet reckless

Tal vez los castigos penales que se desprenden de una sentencia condenatoria por DUI y los que derivan de cargos por wet reckless sean similares, dada las circunstancias del caso. En dicho escenario el fiscal designado tiene libre discreción para ofrecer que se celebre un pacto de disminución de pena, lo cual a su vez colabora con evadir que se instaure un juicio prolongado y complejo que en última instancia va a culminar en el mismo resultado.

¿Qué beneficio conlleva ser juzgado bajo un pacto de reducción de pena por wet reckless y no por un DUI?

Ser juzgado bajo un pacto de culpabilidad por wet reckless conlleva entre otros los siguientes beneficios:

  • Tiempo de escuelas DUI menos prolongado.
  • Multas menos elevadas.
  • Lapso de encarcelamiento menos extenso.
  • No se exige que el permiso para conducir sea suspendido de forma obligatoria.
  • Lapso de libertad bajo prueba reducido.
  • No se requiere instalar un artefacto de ignición.

Tales beneficios se describen a continuación:

Tiempo de escuelas DUI menos prolongado

Una de las sanciones que conlleva este modo de conducción imprudente cuando se trata de una primera incidencia consiste en formar parte de clases especiales sobre alcohol cuya duración debe ser de seis semanas. Tal tiempo es considerablemente más corto en comparación con el establecido para una sentencia condenatoria por DUI, cuya duración es de tres meses.

Referente a lo anterior se debe considerar que el deber de formar parte de clases sobre alcohol debido a conducción imprudente que involucra alcohol puede elevarse hasta nueve meses cuando el imputado posee registros de condenas anteriores por tal delito o por un DUI durante el curso de los diez últimos años. Lo cual de igual manera continúa siendo menos prolongado si se le compara con los dieciocho o treinta meses que se exigen con respecto a la participación en un programa especial sobre DUI,  cuando se trata de una condena DUI donde cuando el implicado ha sido condenado por segunda vez debido a un delito de tal categoría durante los últimos diez años.

Multas menos elevadas

En concordancia con la legislación de California, un juez debe dictar multas valoradas por un monto no superior a 1.000$ cuando se procesa un DUI o una conducción imprudente que involucra alcohol. Pero a pesar de que ambos delitos pueden ser castigados con el pago máximo de una cantidad de dinero igual, un cargo basado en conducción imprudente que involucra alcohol de igual modo culmina acarreando montos más bajos que los devengados por un DUI. Lo cual se justifica dado que en todo caso penal es deber del Juez dictar una evaluación por penalización que es adicional a la condena. Por ende las multas finales y la evaluación de una penalización por DUI puede llegar a igualar los 3.000$, mientras que las multas devengadas por conducir de forma imprudente que involucra alcohol tomando en cuenta la penalización, solo llegan a ser de 1.500$.

Lapso de encarcelamiento menos extenso

La pena máxima de encarcelamiento por conducir imprudentemente en presencia de alcohol es de noventa días. Mientras que la correspondiente a un DUI cuando se procesa la primera incidencia es de máximo seis meses. Pero cuando se juzga una segunda o tercera incidencia en DUI la pena máxima de encarcelamiento se eleva a un año. Lo cual deja en evidencia que es ventajoso aceptar ser juzgado bajo una acusación por conducir imprudentemente en presencia de alcohol en comparación con ser juzgado por un delito DUI

No se exige que el permiso para conducir sea suspendido de forma obligatoria

Una sentencia basada en un DUI implica una suspensión del permiso de conducir por:

  • Seis meses, cuando se procesa una primera incidencia en DUI.
  • Dos años, cuando se procesa una segunda incidencia en DUI.
  • Tres años, cuando se procesa una tercera incidencia en DUI.

En cambio una sentencia condenatoria basada en conducción imprudente que involucra alcohol no acarrea la suspensión obligatoria del permiso otorgado para conducir en concordancia con la regulación del Departamento de Vehículos Automotores (DMV).

Lapso de libertad bajo prueba reducido

Una sentencia condenatoria por un delito DUI puede implicar el establecimiento de un periodo de prueba comprendido entre tres y cinco años. Mientras que una sentencia por conducir de manera imprudente puede conllevar a un periodo de prueba establecido entre uno y dos años.

En relación a este punto se debe tener en cuenta que un régimen de libertad bajo prueba menos extenso, es un elemento que favorece la posibilidad de eliminar completamente el cargo criminal del registro de una persona. No obstante para que proceda dicha eliminación de cargos por conducir de forma imprudente debido a la presencia de alcohol, primero se debe culminar satisfactoriamente el lapso de libertad bajo prueba impuesto.

No se requiere instalar un artefacto de ignición

Según la legislación de California es obligatorio instalar un artefacto de ignición, denominado IDD, después de ciertas condenas fundadas en DUI. Pero cuando se procesa una conducción imprudente en presencia del alcohol, la decisión sobre si es requerido o no instar tal artefacto queda a criterio del tribunal.

¿Qué perjuicios conlleva ser juzgado bajo un pacto de reducción de pena por wet reckless y no por un DUI?

Ser juzgado bajo un pacto de culpabilidad por wet reckless conlleva entre otros los siguientes perjuicios:

  • Es considerado un “previo” cuando se configura un DUI posterior.
  • Repercute negativamente sobre el seguro del auto.
  • El permiso otorgado para conducir queda expuesto a ser suspendido por DMV
  • Anexa dos puntos respecto al historial de manejo del DMV.

Es considerado un “previo” cuando se configura un DUI posterior

Aunque la sentencia derivada de una conducción imprudente que involucra alcohol sea mínima, la misma implica una fuerte desventaja, y radica en que una condena de esta índole puede ser usada contra el condenado a futuro. Es decir, si el condenado afronta otra condena DUI durante el lapso de diez años posteriores, este será procesado como un reincidente, por lo que tendrá que atenerse a consecuencias mayores y más estrictas.

Repercute negativamente sobre el seguro del auto

La mayor parte de las empresas aseguradoras le dan a las condenas derivadas por cargos de conducción imprudente, él mismo trato que a las que se derivan de la ejecución d un DUI, lo que significa que no hacen ningún tipo de diferencia, lo cual puede implicar el aumento de las primas o cuotas del seguro. Pudiendo llegar algunas empresas incluso a cancelar una póliza debido a una condena por tal delito.

El permiso otorgado para conducir queda expuesto a ser suspendido por DMV

Una sentencia condenatoria basada en conducir de modo imprudente que involucra alcohol no conlleva a una suspensión necesaria del permiso para conducir por parte del tribunal como castigo penal.No obstante el DMV como medida administrativa procederá a suspender el permiso de conducir después de que se efectúe un arresto fundado en DUI.

Para evadir tal situación el conductor debe pedir que se establezca una audiencia en el DMV durante el curso de  diez días siguientes a la detención. Después debe hacer lo posible por ganar dicha audiencia la cual usualmente se instaura antes de tomar una decisión final sobre el caso penal por DUI.

Por su lado si el DMV suspende el permiso de conducir, es obligatorio instalar un artefacto IDD a efectos de que el implicado pueda continuar conduciendo.

Anexa dos puntos respecto al historial de manejo del DMV

Una sentencia condenatoria por conducir de modo imprudente agrega dos puntos sobre el registro de manejo del DMV concerniente al conductor. Respecto a esto cuando un conductor almacena determinada cantidad de tales puntos, será denominado operador negligente, situación que como resultado causará que su permiso de conducir sea suspendido.

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