Con relación a los hechos punibles que se sancionan con mayor severidad en California, podemos decir que el asesinato es uno de ellos, en particular, porque su consecuencia inmediata y directa es siempre el fallecimiento de otro individuo, y el principal objetivo de las leyes en este Estado es poder garantizar a todos sus habitantes el respeto a sus derechos individuales, y uno de ellos, quizás de los más importantes, es el derecho a la vida.

Es posible que un individuo que sea procesado por causa de haber cometido un asesinato sea sancionado con una condena a cadena perpetua, y en casos extremos, hasta podría ser condenado a la pena capital, es decir, de muerte, lo cual siempre dependerá de las circunstancias y las características propias de cada situación. Ahora bien, según la ley de California, a día de hoy se permite que un condenado logre que su condena por asesinato sea eliminada de su récord criminal, pero este requiere que se consigne la petición o solicitud correcta y seguir el procedimiento legal correspondiente.

Obtener la asesoría jurídica necesaria para no cometer errores

Solicitar la anulación de una condena previa por asesinato, con fundamento en el artículo 187 PC, es un procedimiento legal que requiere no sólo de la consignación de la petición o solicitud correcta, sino de saber los pasos que deben darse en cada etapa de un procedimiento judicial especial, así como la documentación y los argumentos legales que deben ser presentados para lograr obtener tal anulación en Orange County, sin cometer errores que impidan que el procedimiento sea exitoso, y créanos cuando le decimos que es necesario encomendar tal tarea al abogado criminalista especializado en el derecho penal de California, como los que tenemos en Orange County Criminal Lawyer, quienes podrán asesorarle sobre los requisitos que se deben cumplir para ser apto para este beneficio, y estar a su lado en cada paso del proceso legal, con la confianza de que es más que posible lograr la anulación solicitada, por ello estaremos felices de que se comunique con nuestras oficinas, para poder determinar si usted es un candidato elegible para este beneficio, así que no dude en llamarnos de inmediato.

¿En qué consiste la solicitud con la que se puede anular una condena por asesinato?

Aquellos que han sido condenados por un asesinato, tienen la opción de solicitar al Tribunal una petición con la finalidad de poder anular la sentencia, con relación al récord penal, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1018 del Código Penal de California. La disposición mencionada permite que se pueda modificar el criterio con relación a una declaración, bien haya sido de ser culpable o de no impugnar la acusación, para sustituirla por la declaración de no culpabilidad o de inocencia.

El procesado que desee obtener este tipo de beneficio, tiene la obligación de probar que lo asiste una justa o razonable causa para que pueda obtener la anuencia de la Corte y que se le permita retractarse de su declaración previa. Pero esta solicitud debe ser consignada antes de que sea dictada la sentencia, con el objetivo de que pueda anularse el veredicto del Tribunal.

Esta opción también está disponible dentro de los 6 meses siguientes a que se haya dictado la sentencia que haya condenado al procesado a libertad condicional. En caso de que la moción o solicitud sea acordada por el Tribunal, el procesado tendrá la oportunidad de modificar su declaración previa de culpabilidad o de no impugnación de los cargos, por una de inocencia o de no culpabilidad.

Resulta importante dejar claro que no será posible realizar este tipo de peticiones después de que el procesado haya sido enviado a la cárcel, en ejecución de una sentencia dictada por el Tribunal, debido a que, después de dictada la sentencia, no se le permitirá al procesado retractarse de su declaración en la audiencia preliminar o de lectura de cargos. Si este es el caso, las opciones legales que le quedan al procesado serán solicitar que se eliminen sus antecedentes criminales, o una petición de habeas corpus que se base en que su arresto fue ilegal.

Pero, si aún no se ha dictado la sentencia con base en el artículo 187 PC, por un cargo de asesinato, es posible legalmente interponer una solicitud ante la Corte, en la que se pide que se cambien las circunstancias inherentes a la decisión o que la pena sea disminuida. Bajo el escenario de que resulte evidente que un Tribunal ha dictado una sentencia imponiendo una sanción indebida, injusta o que se cometió algún tipo de error, incluso de tipografía, la Corte podrá conceder la solicitud. Otro escenario en el que una moción de esta naturaleza es aceptada es aquel en el que la condena impuesta sea ilegal, o que en el procedimiento se cometió un error judicial. Si es posible demostrar que un Juez cometió un error cuando analizó las pruebas consignadas por la Fiscalía en contra del procesado, un Tribunal podrá estar de acuerdo en que la sentencia sea modificada.

No se debe dejar de lado el hecho de que una condena de esta clase puede tener efectos colaterales negativos para el procesado, porque unos antecedentes criminales como éstos seguramente serán un grave inconveniente a la hora de aplicar para un nuevo empleo, ya que probablemente no será contratado cuando el reclutador tenga conocimiento de su récord penal, que se encuentra en un registro público, y ese no es el único efecto, porque es probable que unos antecedentes como éstos le impidan obtener una licencia profesional en California, o que le suspendan o pierda la que ya posee, e incluso que sea un impedimento para rentar una vivienda.

Por no mencionar el hecho de que si el procesado no es ciudadano de los EEUU, es posible, dependiendo de las características de los hechos, que sea sometido a un procedimiento de deportación y ser declarado inadmisible, lo que podrá separarlo para siempre que su familia y sus amistades, además de hacer que pierda su derecho a adquirir, poseer o portar armas. Realmente, tener unos antecedentes por asesinato puede convertirse en una situación en la que un individuo puede ser objeto de discriminación por la sociedad.

De modo que, si un individuo posee en su haber una condena previa por un cargo de asesinato, debe hacer todo lo que esté a su alcance legalmente, para que tales antecedentes sean eliminados de los registros públicos y no sufrir las limitaciones que ellos traen consigo.

¿Cuáles son las normas en California que admiten que un procesado pueda consignar una moción para que una condena que se base en un asesinato sea anulada?

Si analizamos la legislación preexistente en relación con el asesinato, podemos decir que el asesinado en primer grado es aquel que se ejecuta mientras se lleva a cabo o se intentan cometer distintos hechos punibles graves, entre los cuales se encuentran la tortura, la mutilación, el secuestro, el allanamiento de una vivienda, un robo de auto, un robo, un crimen sexual o un incendio intencional. Ahora bien, las sanciones que se podrían imponer a día de hoy, de acuerdo con la normativa actual, por un asesinato en primer grado, incluyen cadena perpetua, sin tener derecho al beneficio de libertad condicional, o veinticinco años de prisión, en cambio, las sanciones que se imponen por un asesinato de segundo grado probablemente sean entre quince años de cárcel y cadena perpetua.

Sin embargo, hace poco tiempo ha sido promulgado un nuevo estatuto en relación con los homicidios, durante el mandato de Jerry Brown en la gobernación de California, conocida con el nombre de Ley SB 1437, concretamente en el mes de septiembre de 2018, y según las nuevas normas, todo reo que tenga motivos para pensar que la sentencia dictada en contra suya no fue imparcial, tienen la posibilidad de interponer una moción en los Tribunales para que dicha sentencia sea anulada. Esto significa que el nuevo estatuto ha modificado la regulación anterior de asesinato, de modo que ahora sólo podrán ser acusados de asesinato aquellos procesados que:

  • Mostraron la intencionalidad de cometer un asesinato.
  • Verdaderamente ejecutaron un asesinato.
  • Aquellos cómplices que prestaron su colaboración o alentaron a otros a que se cometiera un asesinato.

Previo a la entrada en vigencia de la Ley SB 1437, las normas sobre el asesinato en California no admitían excepciones para el procesado. Todo aquel que había sido condenado por asesinato carecía del derecho a presentar una moción ante el Tribunal para impugnar el veredicto dictado en su contra. Pero esta nueva legislación es aplicable de manera retroactiva, esto es, que aquellos que fueron acusados o condenados por haber cometido un asesinato según las normas anteriores, tienen la opción de pedir la anulación de la sentencia que los condenó y si esta petición resulta exitosa, es posible que se disminuir el cargo por asesinato o que sean desestimados por completo.

Cuando se dictó la Ley SB 1437, la finalidad principal fue establecer una garantía de que las decisiones penales en California sean impuestas de manera justa. Lo que se espera en un lapso razonable, es que esta disposición contribuya a disminuir el hacinamiento carcelario, por cuando se ha concluido que las largas condenas no tienen ninguna relación con los cambios ocurridos a los reos por asesinato, con su responsabilidad, su arrepentimiento, y con respecto a si representan o no un riesgo para sus comunidades.

¿Cómo es el proceso judicial para consignar la solicitud de anulación de la condena de asesinato?

Bajo este supuesto, es necesario que se sigan las reglas que están establecidas en el artículo 1170.95 del Código Penal, pero se debe advertir que dicho artículo no dispone de una limitación para interponer este tipo de solicitudes, no obstante ciertos requisitos deben ser cumplidos, y vamos a proceder a mencionarlos:

  • La acusación presentada en contra del procesado por la Fiscalía contiene argumentos conforme a la teoría del asesinato, o de la consecuencia probable y natural.
  • El procesado ha sido condenado por cometer un asesinato en primero o segundo grado, después de que se ha llegado a alguna clase de acuerdo con la Fiscalía, en lugar de haber sido sometido a un juicio con jurado.
  • El procesado no podría ser condenado por cargos de asesinato en primer o en segundo grado, por causa de las nuevas modificaciones introducidas por la Ley 1437 de California.

La consignación de la moción para que se anule la sentencia por asesinato tiene que realizarse en un Tribunal similar a aquel en el que fue dictada la sentencia. Cuando la moción ha sido consignada, el abogado consejero del solicitante tiene que consignar igualmente varios ejemplares, porque la representación fiscal que estuvo involucrada en el juicio original debe ser notificada, así como al Juez que dictó la decisión y si el mismo no se encuentra disponible, entonces el Juez que preside debe seleccionar a otro Juez para que dicte la decisión sobre la moción para anulación.

Además, en la solicitud se deben incluir datos como los siguientes:

  • En qué año fue condenado el solicitante.
  • Cuál es el número con el que se puede identificar el caso.
  • Una declaración del solicitante, en la que reconoce que resulta ajustado a derecho que se le juzgue conforme a la Ley SB 1437.

En el escenario de que se cumplan estos requisitos y de que el Tribunal confirme que el procesado es apto para este beneficio, se inicia el juicio. Se le dará a la Fiscalía el tiempo necesario para dar contestación a la petición, consignando su respuesta, contra la cual el abogado que represente al solicitante puede presentar sus argumentos. Una vez consten en el expediente los argumentos de las partes, el Tribunal procederá a determinar si resulta pertinente que se celebre la audiencia correspondiente o no.

La condena por asesinato podría anularse en la fase de acusación, bajo el escenario de que la Fiscalía no pueda probar que el peticionario no es apto para este beneficio. Además, la sentencia podría ser modificada a un período de tiempo más corto, e incluso podría ser reducida totalmente. Lo usual es que a los condenados que logran que sus sentencias sean modificadas, se les acredite el tiempo servido, es decir, el que ya ha cumplido en la cárcel previamente, como parte de la nueva sanción, de modo que ya tendrá tiempo cumplido. En el mundo real, lo que ocurre es que el condenado que sea apto para este beneficio será liberado por la Corte, por un período máximo de 3 años, después de cumplida su sentencia.

Ahora bien, si faltara alguno de los requerimientos que se exigen, o si el Tribunal no puede determinarlo, lo que ocurrirá es que la moción puede ser desestimada sin perjuicio. En este caso, el Tribunal notificará al peticionario de que no le es posible emitir pronunciamiento sobre la moción, por la imposibilidad de tener la información que necesita. Aunque si tal situación se presenta, el solicitante puede presentar nuevamente la moción cuando haya encontrado la información faltante.

¿Cuándo un condenado no es apto para solicitar el beneficio de anular la condena por asesinato bajo la regulación de la Ley SB 1437?

Existen ciertos escenarios en los que un condenado no es apto para solicitar el beneficio previsto en la Ley SB 1437 y el artículo 1170.95 PC, entre los cuales se encuentran:

  • La Fiscalía logra demostrar que el procesado fue quien realmente mató a la víctima, en cuyo caso, hasta podría ser condenado a muerte, dependiendo de las circunstancias.
  • El procesado no fue quien asesinó a la víctima, sin embargo quiso prestar su colaboración al verdadero asesino para matarla
  • El procesado resultó ser el autor principal del asesinato, porque su comportamiento fue descuidado o porque demostró un absoluto desprecio por la vida de la víctima.
  • La víctima del asesinato era un agente que estaba encargado del orden público, en momentos en que se encontraba desempeñando sus funciones.

¿Qué se necesita para poder solicitar que se anule una sentencia de condena por asesinato?

Con la finalidad de consignar la moción para que se anule la condena por un asesinato, el interesado tiene que cumplir ciertos requerimientos. Si su condena puede ser incluida en la regla que se refiere al asesinato grave o en la doctrina sobre las consecuencias naturales y probables, el condenado será apto para este beneficio. Recordemos nuevamente, que un condenado que haya sido el verdadero asesino de la víctima no se considera apto para solicitar este beneficio. Sólo podrán ser aptos aquellos que hayan sido considerados conspiradores con relación al asesinato, esto es, que ayudaron al real asesino a ejecutar esa conducta ilícita, pero no fueron quienes cometieron el crimen.

¿Quiénes son aptos según la Ley SB 1437 para presentar una moción de anulación?

Se considera que un procesado es apto para solicitar el beneficio que concede la Ley SB 1437 si:

  • Los cargos presentados por la Fiscalía encuadran al asesinato dentro de la teoría del asesinato grave, o dentro de la doctrina de los resultados naturales y probables, según se desprenda del registro de los cargos del procedimiento penal original.
  • Hay pruebas de que el procesado fue condenado por asesinato en primero o segundo grado, así como de que llegó a un acuerdo sobre su culpabilidad con la Fiscalía, como una medida alterna a tener que comparecer en un juicio con jurado.
  • Según la nueva regulación, prevista en la Ley SB 1437, el procesado ha debido ser condenado por asesinado en primero o en segundo grado.

¿Qué formalidades y qué procedimientos hay que cumplir en la audiencia para la moción?

Según lo establecido en el artículo 1170.95 PC, una vez que la Fiscalía ha sido notificada de que una moción para anular una condena por asesinato ha sido consignada, tiene que presentar su respuesta con sus argumentos en contra de la misma, y entregarla al abogado que representa al solicitante en un lapso de sesenta días a partir de haber recibido su notificación. El Tribunal puede acordar extender ese período de tiempo para que tenga lugar la réplica y la contrarréplica, con base en la causa que justifica la solicitud que las partes hayan establecido. En el supuesto de que el solicitante pueda probar frente al Tribunal que es apto para una anulación de la condena, el Tribunal dictará una orden en ese sentido, concediendo la petición como procedente y se pasa a la siguiente fase.

Dentro de los 60 días que siguen a dicho dictamen, se fijará por el Tribunal una audiencia en la que deberá establecerse si la condena debe cesar de inmediato o si tiene que ser dictada nuevamente, y en éste último caso, la nueva condena debe ser menor a la que se aplicó en el caso original. Sin embargo, el abogado defensor y la Fiscalía pueden llegar al acuerdo de apartarse de la audiencia, para convenir en que el solicitante es apto para que se anule su condena o que se debe dictar una decisión nueva. Este escenario también aplica en el supuesto en que el Tribunal o un jurado lleguen a la conclusión de que el procesado no actuó con imprudencia, despreciando la vida de los demás, así como cuando el solicitante no fue el autor material principal del asesinato.

En el supuesto de que la audiencia se lleve a cabo, la Fiscalía tiene la carga de la prueba en su totalidad, de manera que tiene que probar totalmente que el condenado no tiene derecho a este beneficio. En caso de que la representación fiscal no sea capaz de demostrar este extremo, se anulará la condena anterior o se dictará una nueva decisión por el cargo pendiente. Las dos partes podrán estar presentes en la audiencia, tener acceso a las transcripciones del procedimiento y presentar nuevas evidencias.

Si la decisión es que debe ser dictada una nueva decisión, las leyes establecen que la representación fiscal acredite el tiempo que el condenado ya ha cumplido en la cárcel a la nueva sanción que sea impuesta, y cuando la haya cumplido, será colocado en libertad condicional, por un período que no puede exceder de tres años.

Pero, si lo que ocurre es que la decisión de la Corte es denegar la solicitud hecha con base en la Ley SB 1437, el condenado tiene todavía otro recurso, que es apelar de esa decisión ante una Corte Superior.

Contratar al abogado en petición para anular una condena por asesinato

Son muchas las cosas que pueden salir mal, por cometer errores que no debían haber ocurrido, de manera que resulta de vital importancia contratar los servicios de un abogado criminalista especializado, como los de Orange County Criminal Lawyer, para llevar adelante una moción de anulación de una condena previa por asesinato y tener posibilidades de éxito, porque sólo un abogado especializado sabrá cómo debe introducirse esta solicitud y las documentación que debe anexarse a la misma, así como los argumentos legales que deben ser esgrimidos en contra de la opinión que emita la Fiscalía, es por ello que si usted considera que califica para este beneficio, debe asegurarse de contratar a los mejores.

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