Si tiene antecedentes penales juveniles en California, también conocidos como el registro de los menores, que contienen los papeles, las órdenes de las Cortes y los informes de expedientes judiciales de los menores, incluyendo los documentos que figuren en los registros de los Departamentos de Justicia, Libertad Condicional u Orden Público, debería considerar seriamente solicitar que se sellen dichos registros, de acuerdo con el artículo 781 del Código de Bienestar e Instituciones de este Estado.

Contrariamente a la percepción errónea común, los registros de menores no son sellados de forma automática cuando el adolescente cumple los 18 años, salvo que sea posible que se haya emitido una orden de la Corte para que dichos registros sean sellados y destruidos de acuerdo con lo que dispone el artículo 781 del Código de Bienestar e Instituciones. Esto quiere decir, que van a permanecer en cualquier base de datos que sea pública. Lograr que se selle el récord criminal juvenil va a evitar que los eventuales reclutadores de empleo, agencias estatales que otorgan las licencias profesionales, las entidades bancarias, las universidades, y los propietarios de inmuebles o sus administradores discriminen por los errores que cometió cuando era joven.

Conseguir la asesoría legal que es necesaria

Poseer un récord delictual juvenil en Orange County CA, puede impedir que un individuo sea capaz de encontrar un empleo, ingrese en una institución educativa, obtenga una licencia profesional y hasta que pueda rentar una vivienda, por ello es necesario solicitar que sean sellado su registro juvenil y para ello, es necesario contar con la ayuda de un abogado especialista en el Sistema de Justicia Penal Juvenil, como los que tenemos en Orange County Criminal Lawyer, ya que conocen perfectamente los procedimientos que siguen a esta clase de peticiones y sabrán emplear las herramientas necesarias para lograr que este récord sea eliminado del sistema, evitando que usted tenga que sufrir los perniciosos efectos que ello comporta, por lo que necesita de nuestra ayuda para lograr ese objetivo y nosotros estamos deseosos de brindársela, así que comuníquese con nuestra oficina de inmediato.

¿Cuáles son las condiciones que se deben cumplir para lograr que se selle un registro juvenil?

Un sujeto puede ser elegible para que se selle su registro juvenil siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:

  • Haber cumplido 18 años o más, o que hayan transcurrido cinco años desde que la jurisdicción de las Cortes de Menores sobre el individuo haya expirado;
  • No haber sido condenado por un hecho ilícito grave o un delito menor que involucre depravación moral siendo ya adulto en California; y
  • No haber sido condenado por una Corte de Menores por un hecho punible de una lista determinada de crímenes que son particularmente graves como robo, tortura o asesinato, que hayan sido ejecutados después de que el individuo haya cumplido los catorce años de edad, pero antes de los dieciocho.

¿Qué es un registro juvenil?

Básicamente, un registro juvenil es muy parecido a un récord criminal de adultos, pero se diferencian en que las sanciones administrativas se cumplen por medio de la asistencia a programas, centros de tratamientos residenciales, o una institución correccional, que tienen como finalidad esencial una rehabilitación o reeducación de los adolescentes. La razón de ello es que los procesos que se utilizan en el Sistema de Justicia Juvenil no persiguen la misma finalidad que los que se emplean en la jurisdicción penal que aplica para los adultos, porque su naturaleza es civil y no penal. De hecho, las Cortes de Menores no forman parte del sistema penal de California.

Ahora bien, un registro juvenil está compuesto de aquellos informes, expedientes judiciales y papeles que se relacionen con cualquier tipo de actividades criminales en las que pudo haber estado involucrado un adolescente, siendo menor de edad. Por esa razón, ese récord incluirá:

  • Los registros por detenciones.
  • Cualquier informe sobre una investigación a la que haya sido sometido.
  • Cualquier orden emitida por un Juez.
  • Los informes sobre libertad condicional.

Esta clase de información podrá ser consultada por cualquier individuo que haga una investigación por internet, pagando únicamente una tarifa moderada, por esa razón, de manera frecuente estos sujetos a los que podríamos denominar consultores, son contratados por reclutadores de empleo, instituciones educativas, bancos y hasta arrendadores inmobiliarios, que reciben las solicitudes de los aspirantes o solicitantes, para indagar sobre las referencias de los mismos. Por ello, un sujeto que posea un registro juvenil debe contratar los servicios de un abogado especialista en justicia penal juvenil, quien estará en capacidad de analizar detenidamente el contenido de un registro e identificar toda la documentación que sea relevante, a los efectos de presentar una solicitud para que los mismos sean sellados por la Corte.

Con el objetivo de que se entienda mejor a qué clase de documentos nos estamos refiriendo, procederemos a explicar con mayor detenimiento algunos de ellos:

Las órdenes de un Juez

Toda decisión preliminar proferida por un Juez en una audiencia, mientras se tramitó un procedimiento en un juicio de menores, se convierte en un documento válido que formará parte del registro juvenil. Se trata de toda resolución que haya sido dictada por un Juez de forma previa a la decisión definitiva de adjudicación del caso, que es la sentencia sobre el veredicto final que se profiere. Por ello, el expediente debe ser revisado por abogados especialistas, para que puedan incluir en la solicitud de sellado del récord juvenil todas aquellas órdenes que hayan sido proferidas por la Corte, sin que ninguna sea excluida, para que no queden rastros del expediente.

La decisión final o veredicto de adjudicación igualmente se considera un registro, quizás es el más importante de todos, porque en él se dejará constancia de que un Tribunal Juvenil llegó al convencimiento de que el adolescente incurrió en una actividad de naturaleza delictual, y se establecieron en la misma las medidas disciplinarias que fueron adoptadas por el Tribunal con la finalidad de que el menor fuera rehabilitado.

Ahora bien, con independencia de cuál haya sido la decisión tomada por la Corte Juvenil, ya sea de adjudicación o de absolución, todas las órdenes que hubieren sido emitidas por el Juez serán parte del registro juvenil. En tal sentido se requiere, por medio de un abogado conocedor, presentar la solicitud para el sellado de dicho registro, sobre todo si no existió decisión de aceptación de la petición de la Fiscalía. Con ello se podrán evitar señalamientos futuros y tratos discriminatorios en momentos en los que un individuo se encuentre solicitando un empleo, su ingreso a una universidad, una licencia profesional y hasta rentar un inmueble, entre otros.

Los informes sobre libertad condicional

Una de las decisiones más comunes que son tomadas por las Cortes Juveniles, que tienen como objetivo la rehabilitación del adolescente, es someterlos a libertad condicional. Ahora bien, mientras el adolescente se encuentra cumpliendo con este régimen, su oficial encargado irá redactando informes que contendrán detalladamente sus progresos y sus retrocesos. Se trata de informes que conforman una parte muy importante de los registros juveniles.

Por decirlo de modo más sencillo, tales informes indicarán la forma en que la libertad condicional fue cumplida por el adolescente, si logró completar su régimen de forma exitosa y cómo fue el proceso de cumplimiento de todas las condiciones y términos que le fueron impuestos por el Tribunal en la decisión. Cuando se solicite que se selle el registro juvenil, es necesario que en la solicitud el abogado incluya estos informes, como documentos específicos para ser sellados.

¿Qué quiere decir que se sella un expediente juvenil?

En caso de que una Corte conceda a un individuo la petición de que se selle un registro juvenil, de acuerdo con lo previsto en el artículo 781 del Código de Bienestar e Institucionales, ello significa que el récord, junto con los papeles y documentos que se encuentran en él, básicamente dejarán de existir para el común de las personas, esto es, que dejarán de formar parte de un registro público.

La finalidad de este procedimiento es aliviar aún más la estigmatización que sufre un sujeto que fue un delincuente juvenil y que se ha rehabilitado. Entonces, luego de que su registro sea sellado, legalmente será posible que respondan que no a las siguientes preguntas:

  • Si alguna vez fue arrestado,
  • Si posee antecedentes penales, o incluso
  • Si posee un registro que haya sido sellado.

Recuerde que un expediente juvenil en California incluirá todos los informes y expedientes judiciales relacionados con cualquier actividad criminal en la que un individuo haya estado involucrado cuando era menor de edad, esto es, antes de cumplir los dieciocho años de edad.

No obstante, para que una Corte acuerde que el expediente debe ser sellado, el solicitante debe reunir una cantidad de requisitos, que se consideran condiciones de elegibilidad y si el Tribunal acepta la petición, ordenará que se sellen los registros, esto es, que sean destruidos. Pero hay que advertir que existen casos de excepción, en los que la Corte puede dictaminar que sean conservados.

Cuando un Tribunal acepta la petición de sellar el registro y acuerda que el archivo sea destruido, este procedimiento se llevará a cabo cuando hayan pasado cinco años desde la decisión del Tribunal que ordenó que fueran sellados. Esta situación aplica para los casos en los que un adolescente fue declarado bajo tutela de un Tribunal por haber sido desobediente o por ausentarse de la escuela de manera habitual sin una justificación razonable.

Ahora bien, hay que tener en consideración que tal destrucción de los registros sellados puede prolongarse hasta que el sujeto cumpla treinta y ocho años, si estuvo involucrado en actividades delictivas y fue colocado como pupilo tutelado por la Corte.

¿Cuáles son los requisitos de elegibilidad para que el registro juvenil sea sellado?

Antes los hemos explicado muy sencillamente, pero conocerlos a profundidad evitará que un individuo pierda tiempo y dinero al presentar una solicitud que no pueda ser considerada como válida por la Corte. Estos requisitos de elegibilidad en realidad son cuatro y al cumplirlos, el sujeto califica para que su récord juvenil pueda sellarse en California. Estas condiciones son:

  • El solicitante debe haber cumplido los dieciocho años o más, o que la jurisdicción que tuvo sobre él la Corte Juvenil expiró hace cinco años, cualquiera de las dos situaciones que tengan lugar primero.
  • Siendo adulto, el solicitante no ha cometido ninguno de los hechos punibles que se consideran como de vileza moral, con independencia de que se trate de delitos menores o felonías. Entre estos hechos punibles se encuentran los que se relacionan con las sustancias de uso controlado, algunos crímenes de naturaleza sexual y otros que se califican como fraude o hurto.
  • Que el registro cuyo sellado se solicita no se relaciona con los hechos punibles que se encuentran señalados en el Código de Bienestar e Instituciones, artículo 707(b). Entre estos hechos ilícitos se encuentran aquellos en los que se hizo uso o se amenazó con emplear la violencia, secuestro, asesinato o tortura. Un sujeto que haya cometido alguno de estos hechos punibles teniendo catorce años o más no es un sujeto elegible para el sellado de su registro.
  • La Corte, al examinar las características generales y la conducta asumida por el solicitante desde que ejecutó el acto delictivo por el cual fue procesado como adolescente, llega a la conclusión de que fue rehabilitado con éxito.

Si el solicitante ha cumplido con todos los requisitos mencionados, y además no posee algún litigio de naturaleza civil que se encuentre pendiente de decisión y que esté relacionado con el hecho ilícito que cometió siendo menor, entonces será elegible para que su registro sea sellado.

No obstante, si un individuo fue detenido cuando era un adolescente, pero nunca fue procesado, ni se presentó una petición de la Fiscalía, ni fue absuelto por el hecho ilícito de que se trate, podrá solicitar a la Corte que sean sellados los registros de su detención en cualquier momento.

¿Qué importancia tiene que sea sellado un registro juvenil?

Esto va a permitir que todos los papeles y registros que se relacionen con el récord juvenil de un individuo que cometió un hecho punible siendo menor de dieciocho años de edad sean retirados de los registros públicos, de modo que los otros sujetos no puedan tener acceso a ellos, ni puedan indagar sobre su pasado, en caso de que un individuo haya solicitado un empleo, licencia profesional, plaza universitaria o préstamo bancario.

Existen varios beneficios de sellar su expediente juvenil de California de acuerdo con el artículo 781 del Código de Bienestar e Instituciones. Entre los beneficios más significativos se incluyen:

  • El individuo podrá afirmar con sinceridad que no tiene antecedentes penales, lo que le abre las puertas a oportunidades de empleo, licencias, préstamos, educación y otras;
  • Como ya hemos indicado, los posibles empleadores no pueden discriminarlo por tener, o incluso preguntar acerca de, un registro de menores sellado.
  • Ya no se requerirá que se registre como delincuente sexual según el artículo 290 del Código Penal, si se le solicitó que se registre basándose únicamente en una condena juvenil; y
  • El sujeto experimentará la satisfacción personal de saber que tiene un nuevo comienzo en la vida y que ya no será atormentado por sus errores juveniles.

¿Se pueden reabrir los antecedentes penales una vez sellados?

Hay algunas situaciones en las que su expediente juvenil puede reabrirse, incluso después de que haya sido sellado:

  • Si es parte demandada en un juicio civil de difamación, el récord juvenil podrá abrirse y ser admisible como evidencia en el juicio. Cuando la demanda sea juzgada, dicho registro será nuevamente sellado.
  • Al Departamento de Vehículos de este Estado (DMV) le está permitido mostrar a los que ajustan el seguro para autos el récord juvenil para inspeccionar la historia de conducción de un sujeto y poder evaluar su elegibilidad y riesgo a los efectos de la compañía de seguros. Este es el único caso en el que el DMV está autorizado para mostrar dicha información.
  • La Fiscalía puede tener acceso a un récord juvenil sellado con el objetivo de encontrar y llevar a la Corte pruebas exculpatorias en un juicio penal.

Recuerde que, además de la elegibilidad descrita anteriormente para que se sellen los antecedentes juveniles, el Código Penal, artículo 851.7, establece esta posibilidad para otra clase de individuos que pueden calificar para sellar sus antecedentes juveniles, en caso de que mientras eran adolescentes fueron detenidos en California y:

  • Fueron puestos en libertad porque no había pruebas suficientes para detenerlos por los cargos,
  • Los cargos en su contra fueron desestimados o fueron liberados sin una condena, o
  • Fueron absueltos de los cargos,

En este caso, podrán solicitar a la Corte que selle su registro juvenil en cualquier momento. Es decir, no es necesario que haya cumplido dieciocho años o que hayan pasado cinco años desde que terminó la jurisdicción del Tribunal de Menores sobre ellos. Este tipo de escenario es más similar al proceso de sellar y destruir los antecedentes penales de arrestos de adultos en California.

¿Cuál es el procedimiento para sellar un registro juvenil en California?

El proceso de sellar un registro de menores en California, de acuerdo con el artículo 781 del Código de Bienestar e Instituciones, toma, en promedio, de ocho a diez meses, y consta de varias etapas. Pero éste no se iniciará si el interesado no consigna, por medio de su abogado, una solicitud ante la Corte Juvenil en el condado en el que fue procesado más recientemente.

Lo más probable es que el solicitante ni siquiera tenga que ir personalmente a la Corte. En la mayoría de las situaciones, el abogado de defensa criminal juvenil de California puede comparecer en su nombre. Sin embargo, el juez puede decidir entrevistarlo en persona.

Una vez que el abogado de defensa criminal presente la solicitud, el Juez fijará una fecha para que tenga lugar una audiencia. En dicha audiencia, el Tribunal revisará la petición y cualquier evidencia presentada en favor o en contra del solicitante por su abogado, por el Departamento de Libertad Condicional, la Fiscalía o cualquier otro sujeto u organización que posea información relevante.

Después de que la Corte revise toda la documentación referente al caso, el Juez decidirá:

  • Otorgar la solicitud para sellar el registro juvenil, en cuyo caso procederá a sellarlos, esto es, eliminarlos del registro público, y enviará una copia de la orden a todas las agencias que tengan posesión o acceso a sus registros, indicándoles que lo sellen y finalmente sean destruidos en el lapso correspondiente, o
  • Denegará la solicitud para sellar el expediente juvenil.

Si la solicitud es denegada, es posible volver a presentarla con posterioridad, empleando el mismo procedimiento.

¿Qué ocurre con el registro juvenil en caso de la emisión de una sentencia diferida?

Si siendo adolescente, la Corte le otorgó al sujeto el desvío de drogas que prevé el artículo 1000 del Código Penal y logró completar con éxito el programa, entonces el registro del incidente juvenil debe ser descartado y el récord juvenil con respecto a ese caso en particular debe ser sellado automáticamente. Una vez que se haya completado con éxito el dictamen diferido del fallo, es posible consultar con el Tribunal para asegurarse de que esta medida fue tomada.

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