En el Estado de California, la ley ha señalado alrededor de 23 delitos violentos incluyendo entre ellos: la agresión, el homicidio, el acecho, el secuestro, el robo, las amenazas criminales y otros más. Dichos hechos punibles han sido nombrados así por implicar la fuerza y la violencia o la intimidación con su uso, causando posibles o serios daños en la vida de una persona. Por ello, la legislación de California trata de forma severa a quien lleve a cabo algún hecho de esta índole.

Enfrentar cargos por un delito violento en California es una situación dura debido a que no solo conlleva al pago de multas o que su libertad sea restringida. Si usted aún no es un ciudadano americano, su proceso migratorio en busca de la ciudadanía podría resultar seriamente afectado, por un lado siendo paralizado el trámite o directamente rechazado. Por otro lado, podría significar la deportación o una declaratoria de inadmisibilidad lo que le impediría regresar nuevamente al país.

Por lo tanto, si usted o algún ser querido tiene cargos en su contra por un delito violento, debe hablar con un abogado capacitado, dispuesto a emplear todas sus herramientas para construir un caso sólido a su favor. Si se encuentra ubicado en Orange County, CA no dude en ponerse en contacto con un abogado defensor de Orange County Criminal Lawyer, quien le proporcionará respuestas inmediatas a sus preguntas sobre los hechos específicos de su caso e independientemente del delito involucrado lo defenderá ante la Corte.

¿Qué se establece como delito violento en el Estado de California?

El Estado de California definió legalmente los delitos violentos a través del Código Penal 667.5. En esta sección se ven enumerados los delitos que se clasifican como "delitos graves violentos", pues estas conductas ilícitas abarcan un número considerable. Sin embargo, debe saber que no todos los delitos violentos en California se tratan como delitos graves.

Se considerará un delito violento, cualquier acto que implique el intento de lesionar o incluso herir con éxito a una persona. Sin embargo, en algunas ocasiones las personas pueden enfrentar una condena por un delito violento sin siquiera tocar a alguien más.

¿Qué actos se condenan bajo la denominación de delitos violentos?

Los delitos violentos son llevados a la práctica de distintas formas, por ello, estos son juzgados con base en dos categorías: delitos menores y delitos graves. A continuación, le mostraremos los principales tipos de delitos violentos situados en el Código Penal del Estado de California, su definición y las implicaciones legales que estos representan.

Homicidio

Según la ley, el delito de homicidio es definido como el acto de matar ilegalmente a una persona sin premeditación. El delito de homicidio se compone por el homicidio involuntario y el homicidio voluntario. Este último suele guardar relación con el delito de asesinato, pues ambos tratan sobre la muerte de una persona, sin embargo, no deben asumirse como iguales pues no son procesados de la misma forma.

Por un lado, el homicidio voluntario se configura cuando una persona fallece a manos de otra persona deliberadamente, aunque sin ninguna premeditación. Asimismo, en estos casos la ley contempla que este acto se produce por peleas repentinas o en “el calor del momento”. Por ejemplo: Caroline llega a su hogar y encuentra a su esposo John en una escena comprometedora con otra mujer. En el calor del momento, Caroline toma el arma que guarda su esposo y le dispara causando su muerte. En este caso, el homicidio de John a pesar de ser ejecutado de forma deliberada, no estaba premeditado.

Por otro lado, el homicidio involuntario se define por causar la muerte de una persona debido a una conducta irresponsable, o negligente, y aunque la muerte pudo haber sido causada de manera accidental, debido al comportamiento imprudente e indiferente del acusado, éste podría ser condenado. De igual forma, aunque la intención del acto se considere involuntaria, se estima que esta fue motivada por un consciente desprecio hacia la vida humana. A continuación, le haremos mención de lo estipulado por la ley con respecto a los dos eventos que pueden configurar un homicidio de este tipo:

  • Una muerte causada por cometer un acto ilícito que no constituye un delito mayor;

  • Llevar a cabo la práctica de un acto legal que representaba un gran riesgo para la integridad y vida de una persona, y el acusado no procedió con precaución.

La penalidad que ha de cumplir el acusado si resulta culpable dependerá de la clasificación del homicidio que haya cometido. Resulta conveniente mencionar que bajo las siguientes penalidades no se encuentran las que serían resultado de cometer un homicidio vehicular, pues está regulado específicamente por otra norma.

Si el delito es procesado como homicidio voluntario, las penalidades que podrían imponerse son:

  • Condena hasta por 11 años en la cárcel del condado;

  • Multas por la suma máxima de $10.000,00

Por el contrario, si el acusado es condenado por homicidio involuntario, las sanciones serían:

  • Cumplir como mínimo con 2 años de prisión o un máximo de 4 años;

  • Pagar multas que podrían elevarse hasta la suma de $10,000,00

Asesinato

De acuerdo en lo establecido en la sección 187 del Código Penal, el asesinato es definido como la matanza ilegal de un ser humano (o de un feto) con malicia de antemano. Es conveniente mencionar que el término “malicia de antemano” suele resultar muy confuso, incluso algunos tribunales han expuesto que no existe una definición única. Sin embargo, este apelativo es usado en casos donde las intenciones del acusado fueron matar o participar en una actividad donde la vida e integridad de alguien más resulte dañada.

Asimismo, se realizará una distinción tomando en consideración los elementos del delito y la manera en que este fue llevado a cabo, la cual dividirá los cargos en dos calificaciones que se procesan de forma diferente: asesinato en primer grado, o asesinato en segundo grado.

Para que un delito sea calificado como de primer grado, se toman en consideración los siguientes hechos:

  • Se utilizó un instrumento de destrucción, como explosivos, o fue utilizado algún tipo de veneno;

  • Está implicado o contribuyó con la tortura de un individuo;

  • Se encontraba cometiendo el delito de asesinato mientras ejecutaba otra felonía penada severamente por la ley.


Si usted fue juzgado por asesinato en primer grado las penas impuestas son:

  • Cumplir una condena en prisión hasta por 25 años o cadena perpetua;

  • Multas por $10.000,00 o inferiores a esta cifra.


No obstante, si ninguno de los hechos anteriores guarda relación con su caso, este será calificado como asesinato en segundo grado, por el cual se reciben sansiones como:

  • Penalidad de cárcel, hasta por un periodo de 15 años o cadena perpetua;

  • Multas por la suma de $10.000,00 o menos.

Acecho

Según lo establecido por la ley, cualquier persona que deliberadamente y con malicia acosa de forma repetitiva y haga una amenaza contra alguien más generando un temor razonable por su vida e integridad, será condenada por el delito de acecho. Este acto puede ser llevado a cabo de diversas formas y a través de medios como las redes sociales, correo electrónico, llamadas telefónicas, mensajes, o un conjunto de todas las anteriores. Algunos escenarios donde se aprecia la configuración del delito serán expuestos a continuación:

  • Seguir todos los movimientos de una persona: qué lugares frecuenta, dónde trabaja, qué hace durante su tiempo libre;

  • Merodear repetitivamente por la zona donde vive;

  • Llamarla y enviarle mensajes constantemente.

Para determinar una condena, el fiscal debe probar ciertos elementos del delito. Por ello, tendrá que constatar los hechos que a continuación se indican:

  • Se han realizado amenazas creíbles de forma presencial o a través de otro medio con el objetivo de intimidar a la víctima;

  • La víctima ha sido perseguida en reiteradas ocasiones por el acusado de forma maliciosa y deliberada.

Entonces, para que el acusado de acecho sea condenado, ha de probarse que se efectuó una amenaza creíble, la cual según las leyes, hace que el individuo receptor tema razonablemente por su seguridad o la de sus seres queridos. A su vez, estas amenazas pueden ser desarrolladas por vía oral, escrita e incluso a través de medios electrónicos.

La violación de esta sección es considerada un “wobbler”, es decir, la Fiscalía será quien determine como procesarlos (si como un delito menor o un delito mayor). Para ello, será tomado en cuenta si usted tiene antecedentes penales, su índole, circunstancias de los hechos y demás elementos relacionados.

Las sentencias que podrían ser impuestas si la fiscalía procesa el acto como un delito menor, son las siguientes:

  • Cumplir hasta 1 año en la cárcel del condado; o

  • Tener libertad condicional informal;

  • Multas no superiores a la cantidad de $1.000,00

Igualmente, las penalidades que le pueden ser impuestas al acusado si su caso se procesa como felonía, son:

  • Cumplir condena hasta por 5 años en una cárcel estatal;

  • Libertad condicional formal;

  • Multas por una cantidad no superior a $1.000,00

Sin embargo, si el acecho es llevado a cabo mientras había una orden de protección emitida por un juez, o si el acusado anteriormente había sido juzgado bajo este delito, los cargos imputados serán automáticamente por delito mayor. En consecuencia, para ambos casos la condena de cárcel podría ser de 2, 3 o hasta 5 años. Adicionalmente, con base en las circunstancias de los hechos, el Tribunal podrá emitir otras sanciones que considere prudentes para proteger a la víctima.

Agresión y Asalto

Según lo establecido por la ley y específicamente conforme al Código Penal 240, se reconoce como asalto cuando un individuo intenta usar la fuerza o la violencia contra otra persona. Por su parte, el delito de agresión es definido por el Código Penal 242 como el contacto con otra persona mediante el empleo de violencia física.

Ambos delitos guardan relación, pues uno puede ser consecuencia del otro. Sin embargo, no han de confundirse por sus similitudes. El asalto es un intento de agresión física. La agresión por su parte, implica un contacto ofensivo y perjudicial de una persona hacia otra.

El asalto simple constituye un delito menor y es penado con:

  • Cumplir un periodo de 6 meses en la cárcel del condado asignada; o

  • Restitución de la víctima y libertad condicional informal;

  • Libertad condicional informal;

  • Multas no mayores a la suma de 1.000,00

Por el contrario, si se cometió una agresión simple, las sanciones son las siguientes:

  • Cumplir hasta 6 meses en la cárcel del condado;

  • Multas por la suma máxima de 2.000,00

  • Servicio comunitario;

  • Libertad condicional informal.

Asalto con un arma mortal

De acuerdo con la sección 245, este delito ocurre cuando un individuo con un arma mortal y empleando la fuerza ocasiona lesiones graves en alguien más. Es importante mencionar que un arma cargada no forma parte de la sección 245, pues esto implicaría sanciones legales más severas que no forman parte de dicha norma. En estos casos, un arma mortal es definida como cualquier instrumento que tiene el potencial para matar, como podrían ser los cuchillos, un bate de béisbol, una botella, entre otros.

Por ejemplo: Sam sale de la universidad con unos amigos y deciden ir a un bar para relajarse, como consecuencia del alcohol Sam tiene un altercado con otro chico en el establecimiento y usa una botella con el fin de lesionarlo.

Tomando en cuenta lo anterior, estos casos suelen ser procesados como felonía, sin embargo, la fiscalía es quien toma la decisión final en cuanto a la formulación de la acusación, bien sea por delito mayor o delito menor, lo cual se estima como un “wobbler” de la sección 245.

Si el delito es formulado como felonía, han de imponerse las siguientes sanciones:

  • Cumplir condena es una cárcel del Estado por un estimado de 2 a 4 años;

  • Multas no superiores a la suma de 10.000,00.

No obstante, si el delito es procesado como delito menor, las penas impuestas son:

  • Cumplir hasta 1 año en prisión del condado;

  • Multas por la suma hasta de 1.000,00.

Amenazas Criminales

El delito de amenazas criminales se encuentra contemplado en la sección 422 del Código Penal de California, y se describe como la amenaza de un individuo de causar daños físicos o la muerte a otra persona con la intención de hacerla sentir que su vida e integridad corren un riesgo, aunque no se tenga la intención de llevarla a cabo. A su vez, es necesario que al momento de realizar una acusación de esta índole, la amenaza verbal, escrita o enviada por algún medio electrónico, además de que sea clara y contundente.

Para que el acusado sea condenado por haber cometido este delito, han de ser probados más allá de toda duda razonable los elementos del delito, los cuales son:

  • La amenaza se realizó vía email, por escrito, o de forma verbal;

  • La amenaza se realizó de forma intencional, intimidando a la víctima con causarle lesiones graves o la muerte;

  • La amenaza fue realizada con la finalidad de ser percibida como tal por la víctima;

  • La amenaza resulta inmediata, inequívoca e incondicional, colocando en un razonable estado de nerviosismo a la víctima;

  • La amenaza causó inseguridad y temor en la víctima por su vida y la de sus familiares.

Es importante que usted tome en consideración que llevar a cabo este delito representaría un “strike” de acuerdo a la Ley de los Tres Delitos y Fuera del Estado de California, y se vería seriamente perjudicado si atraviesa algún otro proceso legal. Asimismo, de acuerdo a lo establecido en la sección 422 (PC) este delito constituye un “wobbler”, es decir, que puede ser presentado por la fiscalía como delito mayor o un delito menor según las circunstancias del caso y sus antecedentes penales.

Si sus actos son procesados como un delito menor, las sanciones impuestas serían las mencionadas a continuación:

  • Prisión hasta por 1 año en la cárcel del condado;

  • Multas por una suma no superior a 10.000,00.

Igualmente, si usted es procesado por llevar a cabo un delito grave, las penas que se imponen son:

  • Cumplir condena hasta por 3 años en una prisión del Estado;

  • Multas por una cantidad no excedente a $10.000,00.

Secuestro

El secuestro según lo estipulado en la sección 207 del Código Penal, es un delito descrito y conformado por el uso de la fuerza o el miedo, empleados con el claro objetivo de obligar a una persona a ser movilizada en contra de su voluntad. Las penalidades que han de cumplirse por ejecutar este hecho punible, son:

  • Enfrentar una condena de prisión de 3, 5, u 8 años;

  • Multas por una suma no superior a $10.000,00

Asimismo, el secuestro agravado a un niño menor de 14 años podría conllevar al aumento de la penalidad por hasta 11 años.

En este orden de ideas, si en el delito se vieron involucrados otros hechos punibles, o elementos graves, la condena de prisión podría ser elevada a cadena perpetua.

¿Qué estrategias de defensa se pueden usar al enfrentar cargos por delitos violentos?

Si usted fue acusado de cometer algún delito violento, su libertad y futuro se encuentran en juego. Por esta razón su abogado penalista se encuentra en la responsabilidad de hacer todo lo que esté a su alcance para mejorar su situación legal, a su vez, este debe emplear una serie de defensas estratégicas basándose en las características de su caso con la finalidad de reducir los cargos en su contra o reducirlos en su totalidad.

Cuando hablamos de delitos violentos, existen estrategias generales que pueden ser empleadas por los abogados penales, a continuación le expondremos cuáles son:

Falsas Acusaciones

Con frecuencia, en algunos casos los hechos expuestos por una persona suelen estar motivados por deseos de venganza, celos, rencor u otros sentimientos perjudiciales en contra del acusado. En estas situaciones la acusación estaría fundamentada sobre actos que realmente no fueron llevados a cabo.

Cuando esto ocurre, se deben probar las disimilitudes existentes en la declaración emitida y las potenciales razones que tenía el declarante de cometer una falsa acusación. Sin dudas, esto contribuirá a una rápida desestimación de las evidencias presentadas.

Evidencia insuficiente contra el acusado

En estos casos se puede apelar a la falta de pruebas entre los elementos constitutivos del delito en cuestión. Para ello, se han de examinar las evidencias y declaraciones presentadas por la fiscalía con el objetivo de desmeritar o atacar sus puntos débiles. En consecuencia, el abogado defensor podrá alegar la poca credibilidad de las pruebas presentadas. Apoyarse en esta estrategia podría conllevar a que el acusado no sea condenado o su sentencia sea reducida.

Sin embargo, ésta al igual que todas las estrategias de defensa dependen del contexto y las circunstancias de los hechos acontecidos, además de la experiencia del abogado y las herramientas que crea convenientes emplear, asimismo el expediente penal que usted posea será tomado en consideración.

Defensa Propia

Consiste en un argumento donde el acusado alega haber cometido el delito en defensa de sí mismo. Para realizar esta alegación, sus actos han de ser proporcionales a la amenaza o al peligro que corría. Si por el contrario el proceder de sus acciones no coincide con lo mencionado anteriormente, la defensa no tendría validez.

Cabe resaltar, que probar este hecho suele ser algo complicado, por este motivo, su abogado debe asesorarle bien y tener pruebas que respalden sus declaraciones.

Contactar con un abogado especialista cerca de mí

Las penalidades por cometer un delito violento suelen ser perjudiciales para su reputación y su futuro. Si usted enfrenta cargos por cometer un delito violento, no tiene que atravesar este proceso por su propia cuenta. Es crucial que cuente con la representación legal de un abogado especialista, capacitado para defenderlo.

En Orange County Criminal Lawyer construimos casos sólidos, pues nuestros abogados cuentan con la experiencia suficiente para representar y luchar en su nombre frente a cualquier situación.

Si se encuentra en Orange County, CA y desea contactar con un abogado perteneciente a nuestra firma, puede llamar inmediatamente al número 714-262-4833 y nos encargaremos de brindarle asesoramiento a través de una consulta totalmente gratuita.