El porte de armas es un derecho constitucional en Estados Unidos, sin embargo, estos derechos tienen restricciones. En California, existen armas legales que bajo ciertas circunstancias se prohíben, como cuando se utiliza otro tipo de municiones para cargarlas o se altera la capacidad de su cargador. Por otro lado, hay armas que generalmente son ilegales salvo que exista una excepción en la ley que autorice su uso.

El delito de armas prohibidas está consagrado en el artículo 16590 del Código Penal de California y consiste en fabricar, vender y/o poseer ciertas armas consideradas peligrosas.

Ahora bien, se considera un arma peligrosa cualquier instrumento que sea altamente probable de causar daño corporal grave o la muerte. La disposición mencionada anteriormente enlista todas las armas generalmente prohibidas y, además, cada una de estas tiene regulaciones específicas en el Código Penal. Esta prohibición surge debido a que estas armas al ser pequeñas, ligeras y fáciles de ocultar, hacen más fácil la comisión de una gran cantidad de delitos.

Si se le han imputado cargos por este hecho punible, necesita recibir la asesoría de un abogado criminalista de Orange County Criminal Lawyer, ubicada en Orange County, California. De esta forma, su caso quedará en las manos de los mejores abogados, los cuales, mediante el estudio del mismo y la elaboración de la mejor estrategia, se dedicarán a que usted pueda resultar lo menos perjudicado posible.

¿Cuáles se consideran armas generalmente prohibidas?

A continuación, mencionaremos cuáles son estas armas y la disposición específica del Código Penal que las regula, para lo cual haremos una clasificación según el tipo de arma.

Cuchillos y otras armas afiladas.

  • Cuchillos balísticos. Artículo 21110 CP.
  • Cuchillas de calibre de aire. Artículo 20310 CP.
  • Cuchillos con hebilla de cinturón. Artículo 20410 CP.
  • Dagas o dagas ocultas. Artículo 21310 CP.
  • Bastones espada. Artículo 20510 CP.
  • Cuchillos para bolígrafos. Artículo 20910 CP.
  • Cuchillos para estuches de lápiz labial. Artículo 20610 CP.
  • Shuriken, también conocido como estrellas arrojadizas. Artículo 22410 CP.
  • Shobi-zue, o cualquier cuchillo llevado dentro de un bastón, muleta, o similares que se muestran al mover la mano o la muñeca. Artículo 20710 CP.

Armas de fuego y pistolas modificadas

  • Bastones pistola. Artículo 24410 CP.
  • Contenedores que camuflan armas de fuego. Artículo 24310 CP.
  • Armas de fuego que no se pueden identificar instantáneamente como armas de fuego. Artículo 24510 CP.
  • Cargadores de gran capacidad, entendiéndose por éstos los que permiten más de diez rondas. Artículo 32310 CP.
  • Escopetas de cañón corto o rifles de cañón corto. Artículo 33215 CP.
  • Activador de gatillo de ráfagas múltiples, también conocido como bump stock. Artículo 32900 CP.
  • Armas de fuego indetectables. Artículo 24610 CP.
  • Pistolas no convencionales, se entiende por estas las que no poseen un agujero. Artículo 31500 CP.
  • Pistolas de cremallera. Artículo 33600 CP.
  • Pistolas de billetera. Artículo 24710 PC.

Explosivos y municiones.

  • Balas explosivas o que contengan sustancias combustibles. Artículo 30210 CP.
  • Dardos de flecha o balas y proyectiles hechos de dardos de flecha. Artículo 30210 PC.
  • Agentes volátiles ocultos, salvo que sea una munición fija. Artículo 19100 PC.
  • Granadas de mano de práctica militar de metal o sus réplicas, excepto que se encuentren permanentemente inactivas y no funcionen como granadas de mano. Artículo 19200 PC.

Armas cuerpo a cuerpo

  • Porras de policía, sacos de arena, cachiporras, bastones con plomo, tirachinas. Artículo 22210 CP.
  • Nudillos de latón o metal. Artículo 21810 CP.
  • Artículo 22010 CP.

¿Qué tipo de actividades están prohibidas?

Para lograr entender mejor su alcance, existen un conjunto de actividades que se incluyen bajo esta prohibición en la mayoría de los casos. Estas son:

  • Posesión.
  • Préstamo.
  • Donación.
  • Ofrecimiento y exposición para la venta.
  • Custodia para la venta.
  • Importación.
  • Fabricación u ocasionar que se fabriquen.

¿Esta disposición tiene excepciones?

Existen algunas situaciones que cuentan como una excepción a la prohibición general, lo cual puede basarse en la persona que la posee o la existencia de autorización para poseer algunos tipos específicos de armas. A continuación, mencionaremos algunas de estas.

  • Posesión, transferencia o venta a un oficial del orden público.
  • Posesión, venta, transporte o fábrica de rifles o escopetas de cañón corto con la autorización del Departamento de Justicia.
  • Posesión de nunchakus en una escuela donde se enseñan artes marciales.
  • Posesión de reliquia, munición antigua o armas de fuego por personas autorizadas.
  • Posesión por parte de museos, librerías, sociedades históricas que han sido autorizadas.
  • Uso de armas descargadas para producciones de video, televisión u obras cinematográficas.
  • Darle un arma prohibida a un oficial del orden público.
  • Posesión de un arma por parte de un laboratorio forense. `

¿Cuáles son los elementos de este delito?

Existen una serie de elementos necesarios para la constitución de este hecho punible, los cuales deben ser probados por el fiscal más allá de toda duda razonable para que el acusado resulte declarado culpable al final del juicio.

  • Posesión, importación, fabricación, exposición, u ofrecimiento para la venta de un arma prohibida. Cualquiera de estos actos con un arma de las incluidas en la disposición del 16590 CP, conlleva la comisión del delito. Además, también se considera ilegal si presta, dona, recibe, adquiere un arma o causa su fabricación.

Ahora bien, la posesión puede ser constructiva o actual. Por su parte, la posesión actual implica llevar consigo el arma, tenerla en sus manos o en sus bolsillos al momento del arresto. Y la posesión constructiva implica tener acceso o control sobre el lugar donde se encuentra el arma. Esto se verificaría, por ejemplo, si lo tiene escondido en cualquier lugar de su vivienda.

  • Conocimiento de la actividad que realizaba. Para incurrir en este delito es necesario que la persona realice cualquiera de las actividades que hemos mencionado para el elemento anterior con el conocimiento de que el objeto que está usando es un arma o puede utilizarse como tal, de lo contrario sería inocente.

Pero el conocimiento de que el objeto puede utilizarse como un arma no es lo mismo que la intención de usarla como un arma, o de que la misma se encuentra en un estado funcional como arma ya que estos dos no son requisitos necesarios.

  • Conocimiento de que el instrumento se podía usar para actividades ilegales. La capacidad de saberlo se basa en la valoración de si el objeto puede ser usado para realizar actos amenazantes que puedan causar daño, derivado de las características y el propósito del objeto, ya que al ser pequeñas, cortas, ligeras y fáciles de esconder son perfectas para llevar a cabo un ataque sigiloso.
  • Elemento adicional en ciertos casos. Es importante tener en cuenta el tipo de actividad por la cual se le acusa, ya que, si es la fabricación para la venta, posesión para la venta o venta de armas prohibidas, se incluye un elemento adicional que debe probar el fiscal, éste es, la intención de vender las armas.

Además de los elementos mencionados anteriormente, existen regulaciones especiales sobre armas de fuego, de manera que, si su caso está relacionado con un arma de fuego, debe conocer lo siguiente.

¿Qué es un arma de fuego?

El Código Penal define arma de fuego como cualquier aparato destinado para ser usado como un arma mediante el cual se expulsa un proyectil a través de un cañón, para lo cual utiliza una explosión u otra forma de combustión.

Las escopetas, rifles largos, revólveres, pistolas convencionales y munición convencional, son armas legales en California, con algunas limitaciones. Sin embargo, la ley prohíbe su posesión, venta o fabricación sólo para circunstancias específicas. A continuación, explicaremos cuáles son.

  • Tener antecedentes penales por delito mayor en cualquier jurisdicción.
  • Tener una adicción a las drogas.
  • Tener al menos dos condenas previas por el delito de blandir un arma, establecido en el artículo 417 del Código Penal.
  • Tener una condena anterior por ciertos delitos menores.
  • Tener una enfermedad mental.
  • Ser menor de edad, es decir, menor de 18 años.

Incluso si el arma no funciona se puede incurrir en este delito ya que se busca proteger a las víctimas de la coerción o miedo que se implanta con el uso de dichas armas.

¿Cuáles defensas podrían alegarse ante una acusación de este tipo?

  1. La ilegalidad de la búsqueda de la policía. Normalmente se le descubre al acusado en actividades relacionadas con armas prohibidas tras realizar un allanamiento en su casa, o lo registran a él mismo. Ahora bien, esto también debe hacerse dentro de unos parámetros legales ya que de lo contrario se estarían violando sus derechos constitucionales y el abogado puede alegar y probar esta defensa para lograr que se desestimen sus cargos. A continuación, veremos cuáles son esos parámetros.
  • La búsqueda se debe originar de una creencia razonable de que la persona ha realizado actividades contrarias a la ley. Esto es lo que se llama causa probable, y cualquier investigación debe partir de la existencia de la misma.
  • Una orden de registro o allanamiento emitida por un juez que autoriza a los policías hacer una búsqueda en su propiedad o registrarlo, respetando los límites de su alcance.
  • En ausencia de una orden, el acusado debe haber dado su consentimiento para que se llevará a cabo un registro de su propiedad o de él mismo.
  1. Inexistencia del conocimiento de que poseía un arma legalmente prohibida.

Ya que uno de los elementos del delito que debe ser probado por la fiscalía es que usted tenía la intención de poseer un arma considerada prohibida, en ausencia de esto, no sería culpable de este delito. Esto ocurriría, por ejemplo, en el caso de que compre un bastón espada pensando que era un bastón tradicional.

  1. La excepción establecida en la ley.

Esta defensa consiste en alegar que su caso encaja en uno de los supuestos establecidos en la ley para los cuales está permitida la posesión de este tipo de armas, las cuales mencionamos anteriormente.

  1. La existencia de una autorización.

Existe una licencia para tener armas ocultas, pero esta no incluye las armas generalmente prohibidas del artículo 16590. Sin embargo, existen otros permisos que autorizan el uso de ciertas armas prohibidas, como el que concede el Departamento de Justicia para que se utilicen armas de fuego que no estén cargadas durante eventos de entretenimiento o la producción de los mismos. Por otro lado, los que poseen licencia como vendedores de armas de fuego pueden obtener licencias para poseer, transportar o vender cargadores de gran capacidad a compradores de otros estados.

  1. Trampa policial. Consiste en que la policía realiza un acto que persuade, u obliga a otra persona a cometer un delito, para lo cual se valora si el acto fue capaz de inducir a un ciudadano normal y que normalmente cumple la ley a cometer el hecho punible.

Esto podría darse, por ejemplo, si usted posee una ferretería y un policía encubierto entra pidiendo un cuchillo de pluma. Usted se niega, pero él insiste durante semanas hasta que empieza a ser un obstáculo para el ejercicio de sus actividades diarias, así que usted acepta. En este caso no estaría incurriendo en el delito, sería diferente si el policía simplemente pregunta por él y usted se ofrece a conseguirle el arma.

  1. Mala conducta policial. Esto ocurre cuando la policía se extralimita en el ejercicio de sus facultades y viola sus derechos durante el proceso. Entre estos actos se encuentran plantar evidencia, realizar un registro ilegal donde se encuentran armas o coaccionar una confesión.
  2. El instrumento no es un arma prohibida. Para que un objeto se considere un arma prohibida debe estar entre los que menciona el artículo 16590 CP. Además, esto debe interpretarse según los límites de la norma. Por ejemplo, la disposición prohíbe las armas convencionales, pero en la definición del Código Penal de las mismas, se indica que debe entenderse por éstas las que no tienen un agujero, así que únicamente se entenderá por ello lo que indica la norma y no debe quedar a criterio de la policía establecer que un arma no es convencional.
  3. Posesión momentánea. Si usted poseía el arma de forma breve, no estaría cometiendo el delito. Esto puede ocurrir cuando un vendedor de armas con licencia le enseña un arma prohibida, usted la toma para detallarla y luego la devuelve.
  4. Evidencia insuficiente. Ocurre cuando el fiscal, quien es el responsable de probar la comisión del delito más allá de toda duda razonable, no logra probar todos sus elementos, no ofrece una certeza total o sus evidencias carecen de fundamento.

¿Cuáles sanciones conlleva la condena?

Este hecho punible constituye un wobbler, de manera que puede considerarse delito menor o mayor, para lo cual el juez tomará en cuenta los antecedentes penales y las circunstancias específicas de su caso.

Pero debemos mencionar que si el arma en cuestión ha sido una granada de mano de metal o de imitación de metal; o una granada de mano de práctica militar, el hecho sólo constituye una infracción, teniendo como pena una multa de 250 dólares. Sin embargo, si usted ha formado parte de una pandilla callejera, la infracción se considera más grave.

Por su parte, una condena por delito menor conlleva la imposición del régimen de libertad condicional informal que incluye un periodo de un año en una cárcel del condado y una multa de 1.000 dólares.

Por otra parte, una condena por delito mayor implica un periodo de privación de libertad de 16 meses, 2 o 3 años, la posibilidad de imposición de libertad condicional que incluye un año en una cárcel del condado y/o una multa de hasta 10.000 dólares.

¿Qué otras consecuencias negativas podrían implicar una condena?

Existen otros efectos negativos que resultan de una declaración de culpabilidad. En cuanto a los efectos inmigración, puede incluir la deportación de un sujeto que no es ciudadano legal de los Estados Unidos, lo cual implicaría que el mismo no pudiese obtener la aprobación del asilo político, la visa de inmigrante ni solicitar la ciudadanía por naturalización. Además, si ya ha obtenido alguno de estos y es un inmigrante legal también podrá ser deportado.

Por otro lado, la posibilidad de obtener un expungement, es decir, la eliminación de los antecedentes penales, sólo es posible si le han concedido la libertad condicional. Para esto, debe cumplir a cabalidad los términos de la misma y completarla exitosamente. En el mismo orden de ideas, obtener un expungement no hace que vuelva a adquirir sus derechos de porte de armas, los cuales se eliminan con una condena por delito mayor, ya que con esta los pierde de forma definitiva y no hay forma de recuperarlos.

Por el contrario, la condena por delito menor no elimina sus derechos de porte de armas, lo cual incluye recibir, poseer, adquirir o ser propietario de una.

¿Cuáles delitos están relacionados con éste?

Hay una serie de delitos que también involucran el uso de armas generalmente prohibidas y que en algunos casos se imputan conjuntamente con este.

  • Blandir un arma. Establecido en el artículo 417 CP, consiste en mostrar o exhibir un arma de manera amenazante, molesta o grosera. Este delito puede imputarse conjuntamente con el delito de armas prohibidas cuando el arma usada es de esta naturaleza.

Generalmente se considera un delito menor y su pena conlleva un periodo de 30 días a 1 año de privación de libertad en una cárcel del condado. Sin embargo, es un wobbler, ya que existen una serie de circunstancias establecidas en la ley bajo las cuales se considera un delito mayor.

Ahora bien, si el arma de fuego que ha exhibido no estaba cargada, la pena es de 90 días hasta un año en una cárcel del condado y una multa de hasta 1.000 dólares. Por otro lado, si el arma de fuego estaba cargada, se considera delito mayor y la pena podrá ser de 16 meses a 3 años en una cárcel del condado.

Asimismo, si se exhibe el arma en presencia de un oficial del orden público puede ser condenado por delito mayor o menor. Como delito menor se impondrá un mínimo de 9 mes en una cárcel del condado y como delito mayor de 16 meses a 3 años.

 Si al exhibir el arma además causa una lesión corporal grave, como delito menor se enfrentará a un periodo de privación de libertad de un año en una cárcel del condado o si es condenado por delito mayor, será de hasta 3 años.

  • Llevar un arma de fuego que puede esconder consigo. Artículo 25400 CP. Consiste en poseer consigo o en su auto un arma de fuego, ya sea una pistola o un revólver.
  • Posesión de navajas automáticas. Artículo 21510 CP. Implica poseer una navaja automática cuya cuchilla mida 2 pulgadas de largo o más. Entre las penas que conlleva se incluye libertad condicional, una multa de 1.000 dólares, y/o privación de libertad de hasta 6 meses.

 

  • Llevar dagas. Artículo 21310 CP. Consiste en tener de forma oculta cuchillos con o sin un protector de manos, que se pueden utilizar fácilmente para apuñalar e infligir a alguien un daño físico significativo o incluso la muerte. Este delito se considera un wobbler. Como delito menor, conlleva un periodo de privación de libertad de un año en la cárcel. Por su parte, si es condenado por delito mayor, dicho periodo será de 16 meses, 2 o 3 años.

Se incluyen los cuchillos plegables ya que pueden ocasionar un grave daño cuando se doblan o se expone la punta, a excepción de las navajas automáticas que forman parte del hecho punible mencionado anteriormente.

¿Cómo contactar a un abogado de este delito cerca de mí?

Como hemos explicado, ante una acusación por este hecho punible su caso concreto requiere de un estudio a profundidad para poder determinar la mejor estrategia de defensa. Para esto, debe contar con la asesoría de nuestros abogados, los cuales cuentan con una amplia experiencia en el manejo de estos casos y lo ayudarán a lograr un resultado favorable; que puede consistir en la desestimación de los cargos o la reducción de los mismos. Comuníquese con nosotros lo antes posible, ya que el tiempo es crucial en cualquier proceso legal.

Si desea obtener una consulta con un abogado de Armas Prohibidas de Orange County Criminal Lawyer, puede llamarnos al 714-262-4833 y lo atenderemos de inmediato.